miércoles, 8 de septiembre de 2010

MANIFIESTO


La conservación de la naturaleza y protección del medio ambiente constituyen en la actualidad un reto, un deseo y una obligación para el conjunto de la sociedad en general y en particular de los habitantes de Plasencia. La constitución española establece en su artículo 45 el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, cuyo respeto y protección por imperativo del artículo 53.3 informará la actuación de los poderes públicos, quienes además, están obligados a facilitar la participación ciudadana en todos los ámbitos de la vida económica y social como establece el artículo 9.2 del texto constitucional.
La Comunidad Autónoma de Extremadura, es una región única en el contexto de la Península Ibérica y del Continente Europeo. Posee una decisiva importancia de cara a la conservación de especies de fauna y flora y de los hábitats donde estas especies se desarrollan a nivel mundial. Esta riqueza ambiental, constituye en la actualidad una de las principales apuestas de futuro para nuestra Comunidad Autónoma, apoyada claramente por la Unión Europea.
Actualmente estos singulares valores naturales, se enfrentan a una situación inquietante para su conservación, todo ello debido a la abrumadora proliferación de proyectos industriales, complejos energéticos, obras civiles, etc., con numerosas y gravísimas consecuencias negativas para el medio hay que añadir la intensificación de las actividades agrícolas, ganaderas, forestales y cinegéticas, planteadas todas sin el mínimo respeto a una riqueza natural frágil y con escasa capacidad de respuesta o adaptación a estas agresiones brutales.
La causa fundamental de lo que se perfila como una de las situaciones más críticas para nuestro medio natural en los últimos tiempos no pasa desapercibida para nadie. La Administración Autonómica y Local, y su política ambiental, retroceden en lugar de avanzar y adaptarse a los tiempos que corren. Lejos de aceptar, asumir y poner en práctica normativas cada vez más exigentes en materia ambiental dictadas por la Unión Europea, nuestros políticos optan por una política medioambiental pasiva y apática, donde se incumplen plazos y se ignoran y puentean normas.
La prueba evidente de esta tendencia, es la reciente desaparición de la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo y la posterior absorción de las competencias medioambientales por parte de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente. Resulta difícil de entender que una de las Comunidades Autónomas con mayor Patrimonio Natural y aceptable grado de conservación, no otorgue ninguna importancia a la conservación del medio ambiente, al contrario, la inclusión de la Dirección General de Medio Natural dentro de la Consejería de Industria y Energía, no es más que una estratagema para evitar el control y la presión sobre las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, como lo demuestra claramente el hecho de la desaparición de la parada biológica (temporada de reproducción de la fauna) en las actividades agrícolas y forestales.
Hemos sido una región activa en cuanto a legislación ambiental propia (decreto de medidas de conservación de los ecosistemas; leyes de caza y pesca de Extremadura; ley de conservación de la naturaleza de Extremadura...) ¿para qué? Todo ha quedado en eso, en disponer de leyes que no se cumplen ni se desarrollan.
Este enorme potencial de recursos, este escenario natural único por atesorar especies y espacios extintos en otros rincones geográficos del planeta, se enfrenta a un panorama nada alentador. Como muestra, sirvan algunos ejemplos como el de Valcorchero.
Valcorchero es un monte de utilidad pública, propiedad del Ayuntamiento de Plasencia, gestionado en su política urbanística por el propio ayuntamiento y forestalmente por el Servicio de Ordenación Forestal de la Junta de Extremadura, el cual ante una solicitud sin argumentar del Ayuntamiento de Plasencia, solicita la descatalogación del PP-6 y este admite a tramite y autoriza la exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Cáceres, de una superficie de 22,73 hectáreas del monte denominado “Valcorchero”, nº 111 del CUP, propiedad del Ayuntamiento de Plasencia.
En referencia a la descatalogación de estas 23 hectáreas de suelo rústico en las afueras del casco urbano con el fin último de construir una urbanización y explotaciones inmobiliarias, miembros y colaboradores de la Plataforma Ciudadana SOS Valcorchero[1] de Plasencia, así como personas a título individual comprometidas con la conservación del entorno y la igualdad cívica, han tomado la iniciativa de presentar, en el trámite de recurso sobre este acto urbanístico, a cuyo respecto, alegan que a pesar de su relevancia socioeconómica y medioambiental, no se ha dado audiencia a la ciudadanía, a los colectivos sociales, a las asociaciones vecinales ni a las organizaciones ecologistas, como corresponde a una ciudad que aspira a considerarse “participativa”, "saludable" y "sostenible", y por los compromisos dimanados de la Agenda XXI, que esta ciudad firma en 2003 y elude en todos sus compromisos.
Asimismo, observamos que desde el Ayuntamiento de Plasencia se pretende justificar el cambio de suelo por la demanda de viviendas, pero si miramos los últimos años el acelerado y descontrolado crecimiento urbanístico que está sufriendo Plasencia ha favorecido la aparición de procesos de especulación urbanística. Esta situación está creando graves problemas ambientales, sociales e institucionales en nuestra ciudad.
El crecimiento de la población viene mostrando hace ya más de 20 años unas características cada vez más nocivas para el medio ambiente e inhumanas para sus habitantes. A pesar de que la población de Plasencia haya crecido en una proporción menor que la de la edificación de viviendas nacional insistimos una y otra vez en la necesidad de multiplicarlas, obviando el hecho de que, sin contar las que están en construcción, en Plasencia existen más de 4.000 viviendas vacías y 7.000 por construir. Esta proliferación descontrolada de la construcción, esta ‘metástasis’ del ladrillo, no ha traído consigo un abaratamiento de la vivienda, al contrario, su precio se ha multiplicado. Dado el elevado precio del alquiler, tampoco éste es una solución para miles de personas, con las evidentes consecuencias de frustración social y familiar que ello comporta. Ante la carencia de “vivienda social” la población se ve empujada a compartir viviendas o a residir en zonas más y más alejadas y todo esto sin tener en cuenta la Sierra de Santa Bárbara, –que el propio avance del PGM contempla la legalización de varios “cantones” ocupados por viviendas ilegales en la Sierra de Santa Bárbara–, obligándola a realizar grandes desplazamientos y a depender del vehículo privado y de las grandes infraestructuras, principales factores que contribuyen, a su vez, al deterioro ambiental y a la disminución de la calidad de vida de los ciudadanos. Estos el fines urbanísticos carece de un examen pormenorizado de viabilidad en la localidad, sin exponer un análisis de los antecedentes ni aplicarlos al caso particular de Plasencia.
Que estando en Ayuntamiento de Plasencia en pleno proceso de elaboración de un Plan de Gestión Municipal, no justifica la petición de desclasificación de 23 Has de suelo protegido e incluido en un Espacio Protegido, ya que en el Avance del PGM considera a Valcorchero como espacio protegido y marca que las zonas de expansión de la ciudad en dirección sur-suroeste y potenciando el casco urbano.
Potenciación del centro urbano. El avance del PGM se centra en la creación de nuevos barrios, aunque se habla de la potenciación del centro urbano. No hay que olvidar la enorme cantidad de viviendas desocupadas que hay en Plasencia, la mayoría en el centro. Fomentar su ocupación, rehabilitación y alquiler en el centro urbano es un aspecto en el que el PGM debe incidir.
Crecimiento urbano hacia el sur y suroeste. Plasencia se asienta sobre un terreno de orografía difícil que siempre ha dificultado su crecimiento. En todos los periodos, y contra toda lógica, el desarrollo urbano ha sido siempre “hacia arriba”. El nuevo PGM debe por fin terminar con esta situación, fomentando el crecimiento hacia zonas llanas del sur, en parte ocupadas por usos industriales obsoletos. Es, ni más ni menos, lo que ha ocurrido antes en multitud de ciudades españolas y europeas. El entorno de las carreteras de Cáceres, Montehermoso y Malpartida de Plasencia debe jugar una especial relevancia en el crecimiento urbano a medio plazo.
En lo concerniente a la gestión de recursos, manifestamos que, a escala municipal, la concepción territorial supone un desgajamiento de la continuidad del suelo urbano y un esparcimiento y alejamiento de los servicios, con el consiguiente aumento de desplazamientos poblacionales, acarreos materiales y extensión de infraestructuras exclusivas. Señalar que realizando un pequeño estudio de crecimiento residencial da una envergadura tal que agregaría repentinamente unos 3.000 habitantes a la ciudad, lo que acrecentaría el despoblamiento de los pueblos circundantes, con su consiguiente demanda anual de unos 9.300.000 Kwh. de electricidad y 750.000 m3 de agua, con un vertido de 181.000 m3 de fluidos residuales y 1.500 toneladas de basuras domésticas, causas de un fuerte impacto socio ambiental.
Por otra parte, resaltamos la falta de rigor en las justificaciones del ayuntamiento en lo que concierne a las inmediaciones del área objeto, en las que no se argumenta ni ambiental ni socialmente, ni se enuncian tampoco la existencia de una cercana Zona de Especial Interés por sus Valores de Flora y Fauna (IBA 304), entre otras afecciones al medio.
No nos han dado fundamentos desde las instituciones con la solicitud de desclasificación de las 23 hectáreas de suelo de Valcorchero y el mantenimiento de su calificación como "no urbanizable", al darse unas condiciones urbanísticas distantes de los criterios de sostenibilidad a los que las Administraciones Públicas deben tender por el bien del interés general de la población; esto es, con garantías medioambientales, sociales y económicas.
El impacto ambiental del caótico modelo de urbanismo que sufre Plasencia es incalculable: desde el aumento de emisiones de CO2 hasta la invasión y destrucción de suelos y bosques, pasando por el horrible impacto paisajístico causado por la proliferación desbocada del urbanismo, mas aun cuando la urbanización anterior “Ciudad Jardín” esta solicitando por activa y por pasiva al mismo ayuntamiento que carece de infraestructura viaria para acceder a la ciudad, ya que tan solo posee un punto de salida a la ciudad y además en un punto negro en accidente de trafico, con la conocida ya por todos muerte de un usuario por atropello.
En la Plataforma Ciudadana SOS Valcorchero creemos que es posible habitar en poblaciones respetuosas con el medio ambiente y recuperar una vida ciudadana más gratificante y saludable; ciudades hechas a la medida de hombres y mujeres, y no del automóvil; ciudades en cuyos espacios sea posible la convivencia y no meramente el intercambio mercantil. Por todo ello, es necesario frenar este crecimiento urbanístico, protegiendo el suelo, permitiendo únicamente la urbanización de zonas que combinen un bajo impacto ambiental con condiciones idóneas de habitabilidad; teniendo presente en todo momento el objetivo del bien social y del disfrute de los espacios naturales por las siguientes generaciones. Los procesos urbanizadores deben estar regidos por los principios lógicos de la proximidad. Hay que luchar por recuperar viviendas y edificios vacíos, adoptando medidas que fomenten su entrada en el mercado y penalizando la desocupación. Ha de terminarse con la especulación del suelo buscando alternativas de financiación municipal al margen del urbanismo y declarando tolerancia cero al delito urbanístico y la prevaricación.
Plasencia, en fin, precisa urgentemente de unas políticas y leyes llenas de sensibilidad social y ambiental que procuren una ordenación del territorio sensata, que integre aspectos sociales y económicos sostenibles. No es ésta la característica definitoria de la mayoría de nuestros Ayuntamientos y, mucho menos, de los responsables. En este sentido el avance hecho público recientemente sobre gestión del suelo en Plasencia pretende perpetuar la dinámica de la recalificación y el gran negocio de las plusvalías, en lugar de apostar por la rehabilitación y la reutilización de lo ya construido. Cambiar esta situación es el objetivo que se propone esta agrupación de ciudadanos.
La Plataforma Ciudadana SOS Valcorchero ve con inquietud la ocupación urbana del espacio protegido de Valcorchero. La dimensión de la ocupación es tal, que pensamos que se trata de un error o un desconocimiento de los límites del Paisaje Protegido, pues en el texto del avance siempre se considera Valcorchero como no urbanizable.
El Paisaje Protegido Valcorchero fue declarado mediante Decreto 82/2005 (DOE nº 43, 16 abril 2005). En la actualidad, el Paisaje Protegido no dispone de Plan Rector de Uso y Gestión, aunque este tenía que haber sido aprobado en menos de un año desde su declaración. Tampoco dispone de órganos de gestión y ni siquiera de un director. Por tanto, en esta situación “alegal” no esta perfectamente determinado que usos están permitidos y no permitidos en Valcorchero. Atendiendo a las generalidades de la legislación vigente sobre espacios protegidos en Extremadura, en un Paisaje Protegido tan sólo se permiten actividades tradicionales. Por ello, la Plataforma Ciudadana SOS Valcorchero entiende que queda excluida la urbanización y más aún cuando se trata de más de 2000 viviendas. Además, al formar parte de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura (RENPEX), es el único territorio del municipio de Plasencia incluido en la RENPEX, la gestión corresponde a la Junta de Extremadura. Por tanto, la Plataforma Ciudadana SOS Valcorchero pide que se considere por parte del Ayuntamiento y Junta de Extremadura y por el equipo del PGM la protección real y total de Valcorchero, eliminando todos los proyectos urbanísticos. Además si nos atenemos a la Ley 8/1998 sobre Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura, que dice:
En su Artículo 14. Protección cautelar de los recursos naturales.…
“que durante la tramitación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales no podrán realizarse actos que supongan una transformación sensible de la realidad física biológica y que pueda llegar a hacer imposible o dificultar, de forma importante, la consecución de los objetivos de dicho Plan”.
Y en el Artículo 46. Usos incompatibles.
m) Las actividades constructoras con excepción de las instalaciones e infraestructuras vinculadas a la investigación y educación ambiental y las vinculadas a los aprovechamientos agrarios que puedan desarrollarlo en suelo no urbanizable, que deberán contar con las autorizaciones sectoriales pertinentes.
Por tanto, en esta situación “alegal” no esta perfectamente determinado que usos están permitidos y no permitidos en Valcorchero. Atendiendo a las generalidades de la legislación vigente sobre espacios protegidos en Extremadura, en un Paisaje Protegido tan sólo se permiten actividades tradicionales. Por ello, entendemos que queda excluida la urbanización y más aún cuando se trata de más de 2000 viviendas.
Actualmente Plasencia consta del IBA 304 - Plasencia y sierra de San Bernabé, cuya área es de 18.000 Has. siendo los criterios del mencionado área las siguientes:
A: Áreas de Importancia Mundial.
A1: Especies Mundialmente Amenazadas. El área alberga regularmente cifras significativas de una especie mundialmente amenazada o de otra cuya conservación sea de interés mundial.
B: Áreas de Importancia Europea.
B1i: Concentraciones de importancia Europea. El área cumple el criterio de acoger regularmente el 1% o más de una población biogeográfica diferenciadora o de una vía de migración de una especie de ave acuática gregaria.
B2: SPEC 1, 2 y 3. Especies en estado de conservación desfavorable en Europa. El área es una de las ‘n’ más importantes en cada país para especies catalogadas como SPEC 1, 2 y 3 para las que es apropiada una estrategia de protección de espacios.
C: Áreas de Importancia en la Unión Europea para las especies y subespecies del Anexo I de la directiva de Aves.
C1: El área acoge regularmente cifras significativas de una especie mundialmente amenazada o de otra cuya conservación es de interés mundial.
C2: el área alberga de forma regular al menos el 1% de una población migratoria diferenciable o del total de la población en la UE de una especie del Anexo I
Descripción: Casco urbano de Plasencia y pequeña sierra con encinares adehesados en las zonas bajas y rebollar a más altitud. Incluye el embalse de Plasencia en el río Jerte y el alcornocal de Valcorchero al norte de la ciudad.
Ganado vacuno y caprino. Caza menor.
La restauración de las viejas edificaciones rurales puede perjudicar a las colonias de Cernícalo Primilla. Se están levantando urbanizaciones nuevas en áreas naturales.
Importancia ornitológica: En Plasencia, importantes colonias de cría de Cernícalo Primilla, también cría Cigüeña Blanca (70 pp.) e invernada de Garcilla Bueyera (1.500 ind., en el soto del río Jerte). En el Embalse de Plasencia, Concentraciones postnupciales de Cigüeña Negra e invernada de Gaviota Sombría (mín. 1.000 ind.). Nidificación de Alimoche Común (1 p), Buitre Leonado (10-15 pp.) y Cigüeña Negra (1-2 pp.); visitantes regulares Buitre Negro y Buitre Leonado de Monfragüe.
Amenazas: Desarrollo industrial/urbano (U), Otros (U).
Ante lo expuesto y atendiendo a las profundas transformaciones sociales, económicas y ambientales que recientemente están aconteciendo, contar con información confiable y actualizada acerca del estado del medio ambiente y los recursos naturales se ha convertido en un elemento esencial para diseñar y evaluar programas encaminados a la conservación de la biodiversidad, la protección del ambiente y la promoción de un desarrollo sustentable. La Plataforma SOS Valcorchero cree que esta información no debe sólo estar disponible para las autoridades ambientales responsables, sino también para la sociedad interesada en conocer el estado y las tendencias del ambiente y, pueda, además de ejercer su derecho a la información, participar de manera más informada en la solución de los problemas ambientales que enfrenta esta comunidad. La información ambiental, según la Ley 27/2006, de 18 de julio, que incorpora las directrices de la Unión Europea 2003/4/CE y 2003/35/CE, según la cual se deben garantizar los derechos a la información ambiental de los ciudadanos, siendo estos derechos vulnerados en ambas administraciones, tales como acceder a la información ambiental, recibir la información ambiental y ser asistidos, además de conocer los motivos de la posible denegación, en su caso.
La permanencia de los espacios naturales necesita de una GESTION INTEGRAL que garantice la conservación del espacio y promoción de sus valores históricos y naturales.
La crisis económica ha puesto en evidencia la caducidad de este MODELO ECONOMICO, basado en el ladrillo, que sólo ha dejado daños irreparables para el Medio Ambiente y altas cifras de desempleo.
Plasencia, a 8 de septiembre de 2010


[1] Plataforma Ciudadana SOS Valcorchero esta integrada por las siguiente organizaciones: ADENEX (Asociación para la defensa de la Naturaleza de Extremadura), SEO/BirdLife (Sociedad Española de Ornitología/BirdLife.), Sociedad Zoológica de Extremadura, Ecologistas Plasencia, Colectivo Alimoche, Grupo Placentino de Montaña, Asociación de Vecinos ‘Ciudad Jardín’, Asociación de Vecinos ‘El Pilar’, Ingeniería Técnica Forestal (Centro Universitario de Plasencia), Asociación de Vecinos "Miralvalle", Asociación de Vecinos "Cotillo De San Antón", Asociación de Vecinos "Rosal de Ayala", Asociación Protectora de Animales y Plantas, Fondo Natural (Asociación de Ámbito Nacional), Asociación de Vecinos "La Data", Asociación de Vecinos "Barrio de Guadalupe", Club Escuela de Atletismo de Plasencia, Sede UNESCO de Plasencia y Zona Norte de Extremadura, CEFNA (Colectivo de fotógrafos de la Naturaleza de Extremadura), Asociación Micológica Naturalista Placentina, Asociación de Vecinos "Rio Jerte" más de 3.000 firmas de Particulares.

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